En función de los documentos digitales distinguimos los
siguientes tipos:
-Impreso digitalizado:
El documento digital consiste en una copia digital del
documento impreso, no en formato de imagen sino como documento textual con
todas las oportunidades que su condición digital le otorga.
-Documentos digitales para imprimir:
A día de hoy se utilizan este tipo de documentos electrónicos
para archivar en medio electrónico y para repartir información que finalmente
se imprimirá, utilizando las disposiciones de comunicación global que ofrece
Internet.
-Documentos digitales multimediáticos:
Los documentos digitales propiamente dichos son desarrollados
con programas particularmente concebidos, como pueden ser “Power Point” o “Flash”,
de “Macromedia”. Hay que destacar los documentos creados utilizando un lenguaje
que hace posible generar directamente vínculos de hipertexto, denominado HTML
por las siglas de su nombre. Los documentos creados con HTML son más conocidos
como "Páginas Web.
Fuente de origen:
http://www.msinfo.info/propuestas/documentos/documentos_digitales.htmlhttp://www.msinfo.info/propuestas/documentos/documentos_digitales.html
Los documentos administrativos deben reunir una serie de características para ser denominados como tales, que veremos acontinuación.
Fuente: Documentos Administrativos - Administración.gob.es
Los documentos administrativos deben reunir una serie de características para ser denominados como tales, que veremos acontinuación.
- Producen efectos: No serán documentos administrativos los que no tengan como objeto el producir un efecto, por ejemplo, los resúmenes, extractos...Los documentos administrativos siempre pvan a producir efectos frente a terceros o en la misma organización administrativa.
- Son emitidos por un órgano administrativo: El emisor de un documento administrativo - quien lo produce - será siempre uno de los órganos que componen la organización de una Administración Pública.
- Un documento es válido cuando: su emisión cumple con una serie de requisitos formales y sustantivos, exigidos por la normativa que regula la actividad de las administraciones.
Fuente: Documentos Administrativos - Administración.gob.es
http://administracion.gob.es/pag_Home/espanaAdmon/reformaAdmon/DocumentosAdministrativos.html#1
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